viernes, 21 de agosto de 2015

Fundamental momento de la Democracia Argentina: El 21 de agosto de 1946 PROMULGARON LA LEY 13.010 DE LOS DERECHOS POLITICOS DE LA MUJER

Conocida como Ley Evita, el 21 de agosto de 1946 dijo:  "El sufragio, que nos da participación en el porvenir nacional, lanza sobre nuestros hombros una pesada responsabilidad, la de saber elegir".

Art. 1º - Las mujeres argentinas tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o imponen las leyes a los varones argentinos. 

Art. 2º - Las mujeres extranjeras residentes en el país tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o les imponen las leyes a los varones extranjeros, en casos que estos tuvieren tales derechos políticos.
 

Art. 3º - Para la mujer regirá la misma ley electoral que para el hombre, debiéndosele dar su libreta cívica correspondiente como un documento de identidad indispensable para todos los actos civiles y electorales.
 

Art. 4º - El Poder Ejecutivo dentro de los dieciocho meses de la promulgación de la presente ley, procederá a empadronar, confeccionar e imprimir el padrón electoral femenino de la Nación en la misma forma que se ha hecho el padrón de varones. El Poder Ejecutivo podrá ampliar este plazo en seis meses más.
 

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