viernes, 17 de noviembre de 2017

MULTAS por VENTA de ALCOHOL a MENORES de 18 años que irían hasta 500MIL pesos.

 
El Defensor del Pueblo Adjunto de la Provincia de Buenos Aires Walter Martello, manifestó como un avance ante el flagelo del consumo de alcohol en jóvenes la sanción de la ley 14.969 que modifica la anterior ley 11.748 que prohíbe en todo el territorio de la Provincia de Buenos Aires, la venta, expendio o suministro a cualquier título a menores de 18 años de edad, de bebidas alcohólicas de cualquier tipo y graduación, en cualquier hora del día, aún cuando lo vendido, expendido o suministrado estuviere destinado a ser consumido o ingerido fuera del local.

Hasta esta modificación las multas iban de $5000 a $50000
y no eran actualizables. Ahora las multas podrían llegar $500.000.

La nueva sanción contempla que serán sancionados con arresto de 30 a 90 días y con multas equivalentes a 5 hasta 50 salarios mínimo vital y móvil, y clausura de locales y establecimientos de 30 días a 180 días.

La modificación de la presente ley busca implementar un sistema que actualice automáticamente el valor de las multas a cobrar. Creemos conveniente que sea de esta forma ante el peligro de que el valor de la multa quede desactualizada y llegue incluso a ser irrisoria, y esto conjugado con los escasos controles municipales y provinciales en el cumplimiento de esta norma, lleve a los actores a la conveniencia de violar la ley y abonar la multa.

“El factor sancionatorio sobre la comercialización, no es el único aspecto que debe abordarse en un contexto donde 8 de cada 10 jóvenes manifestaron haber bebido alcohol en el último año en modo problemático, pero sin duda es un aspecto importante, que no se venía actualizando desde la sanción de la ley original”, manifestó Martello, a cargo del Observatorio sobre adicciones y consumo problemáticos de la Defensoría.

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