Yolanda
Ortiz, la pionera Nació en Tucumán en 1923 graduada en Química fue designada
por Juan Domingo Perón como Secretaria de Recursos Naturales y Ambiente Humano,
convirtiéndose en la primera mujer en ocupar ese cargo en América Latina y
quien sería la porta voz del Mensaje ambiental para los pueblos del mundo, que
Perón escribió en su exilio en Madrid en 1972 anticipándose incluso, a la
primer Cumbre de la Tierra en Estocolmo, convocada por la Naciones Unidas para
deliberar sobre la problemática ambiental en el planeta.
Aprobada
en el Senado y en la Comisión de Recursos Naturales de la Cámara Baja, la “Ley
Yolanda”, aguarda se tratada por el pleno de la Comisión de Presupuesto y
Hacienda para continuar con el trámite parlamentario correspondiente, previo a
su sanción definitiva. A partir de ese momento, el plexo normativo establece en
su artículo primero “garantizar la formación integral en perspectiva de
desarrollo sostenible, apoyada en valores sustentables y ambientales para las
personas que se desempeñen en la función pública”. Para ello, cada organismo de
los tres poderes del estado deberán elevar el programa de capacitación dentro
de los 90 días de sancionada la ley el que deberá contar entre sus ejes
temáticos con: gestión de residuos sólidos urbanos, cambio climático, derecho
ambiental, economía circular, eficiencia energética, impacto ambiental de las
políticas públicas, recursos naturales y biodiversidad.
Con
la intención de “llevar la educación ambiental a todos los funcionarios
públicos”, el proyecto basa sus objetivos en la relevancia de la educación
ambiental como herramienta necesaria para “construir permanentemente
actitudes que redunden en beneficio de la naturaleza; incorporando éstos
valores como horizonte de nuestra sociedad, ecológicamente equilibrada y
sostenible e incluyendo en sus políticas y metas la sustentabilidad en su
accionar diario”. El presente proyecto contempla la publicación en las páginas
web de cada organismo, del programa que desarrollará cada uno para el acceso y
seguimiento de la sociedad civil, como así también establece que la mencionada
capacitación es obligatoria y prevé una sanción disciplinaria a quienes no den
cumplimiento a lo establecido, “la que deberá hacerse pública como falta de
compromiso a participar”.
Fuente: Perfi.com
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