martes, 22 de febrero de 2022

LEY FICHA LIMPIA YA!!!

 

h) Las personas condenadas con sentencia firme por los delitos previstos en los capítulos VI, VII, VIII, IX, IX bis y X del título XI y en el inciso 5 del artículo 174, del Código Penal y a aquellos que en el futuro se incorporen al Código Penal de la Nación o por leyes especiales en cumplimiento de la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción o de la Convención Interamericana contra la Corrupción.



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