Mediante un medida publicada en el Boletín Oficial,
se modificó una reglamentación de 1995 que prohibía su adquisición. Los
legítimos usuarios deberán acreditar probados usos deportivos y otras
condiciones.
El Gobierno de desreguló la compra y tenencia de
armas semiautomáticas para civiles bajo un régimen de
"control especial", a través de un decreto que dejó sin efecto una
prohibición que estaba vigente desde 1995. A partir de este miércoles, se
podrán utilizar en actividades deportivas,
de acuerdo a la nueva normativa de la Agencia Nacional de Materiales
Controlados (ANMAC).
“Establécese
un régimen de autorización especial para los actos de adquisición y tenencia de
armas semiautomáticas alimentadas
con cargadores de quita y pon símil fusiles, carabinas o
sub ametralladoras de asalto derivadas de armas de uso militar de calibre
superior al .22 LR, peticionados por los legítimos usuarios
de armas de fuego”, dicta el Decreto
397/2025, publicado en el Boletín Oficial.
El documento, que lleva la firma del
Presidente Milei; el jefe de Gabinete, Guillermo
Francos; y la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich,
genera un cambio en el decreto establecido hace 30 años, durante la segunda
presidencia de Carlos
Menem, en el que se prohibía a los usuarios civiles la
adquisición y tenencia de estas armas, salvo excepciones autorizadas.
Este tipo de
armamentos estaba reservado para las instituciones armadas, pero con esta
modificación la ANMAC, actualmente bajo la órbita de la cartera que conduce
Bullrich, “podrá autorizar a legítimos usuarios de armas de Uso Civil Condicional la adquisición y
tenencia de armas”.
Asimismo, el
decreto menciona que "habiendo
transcurrido más de treinta años resulta
necesario reevaluar los mecanismos dispuestos para
controlar" este tipo de armas; al mismo tiempo que afirma que estos
"deben reflejar un particular
equilibrio entre la posibilidad de la adquisición o
transferencia de tales armas de fuego, con los recaudos derivados de la
seguridad pública o común".
En ese sentido, explica: "A tal
efecto, los referidos legítimos usuarios deberán acreditar
probados usos deportivos y las demás condiciones objetivas
que al efecto establezca la agencia nacional de materiales controlados".
Una pistola semiautomática
es aquella que utiliza la energía del cartucho disparado para extraer el
casquillo de la recámara y alimentarla
de nuevo con otro cartucho, por lo que se produce un solo
disparo cada vez que el gatillo es presionado. Después efectuar el disparo, la
vaina vacía es extraída de la recámara
y expulsada del arma; luego se alimenta con un nuevo cartucho
procedente del cargador.
Con un arma automática, en tanto,
es posible efectuar varios disparos con el dedo presionando el gatillo. Estas
últimas son más peligrosas y, por este motivo, suelen estar sujetas a regulaciones más estrictas.
Tenencia de armas: trámites exprés
La
medida que se dio a conocer este miércoles en el Boletín Oficial es una más de
las varias flexibilizaciones que viene realizando el
Poder Ejecutivo para facilitar la compra y tenencia de armas. En mayo se
simplificó el otorgamiento de permisos con la llamada "tenencia exprés", un trámite destinado a
"facilitar y agilizar la obtención de armas de fuego", según se
anunció.
El
trámite pasó a ser exclusivamente en formato digital a través de la plataforma
de la ANMAC, tanto para civiles como para miembros de las Fuerzas Armadas, de
seguridad o policías que compren armamento en armerías comerciales.
En
2024, se bajó de 21 a 18 la edad mínima para tramitar la
Credencial de Legítimo Usuario de armas, primer paso necesario para después
tener la posibilidad de solicitar la tenencia y luego comprarla en un negocio.
En ese entonces, Bullrich comunicó
la resolución y expresó: "A
los 16 años tienen derecho a votar. A los 18 pueden ir a la
guerra, formar una familia o ser miembros de una fuerza de seguridad. Y, aunque
parezca increíble, a cualquier edad pueden elegir un cambio de sexo que los
marcará de por vida. Entonces, ¿por
qué a los 18 años no podrían ser legítimos usuarios o
portadores de un arma?".
FP / Gi
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