En las últimas horas, se conocieron estas dos decisiones del Poder
Ejecutivo nacional que inciden de manera directa en las empresas, incluidas las
agropecuarias y agroindustriales.
El Poder Ejecutivo nacional tomó en las últimas horas dos
decisiones muy importantes para quienes llevan adelante empresas y emprendimientos en Argentina, lo que incluye lógicamente a
quienes trabajan en el campo y
la agroindustria.
Se trata de la reglamentación de algunos artículos clave de la reforma laboral aprobada dentro de la Ley
Bases, y también la
extensión por un mes más del plazo de adhesión al Régimen de Regularización de Activos o “blanqueo de
capitales”.
LA REFORMA LABORAL DE MILEI
A través del decreto 847/2024 firmado por el presidente, Javier Milei;
el jefe de Gabinete, Guillermo Francos; la ministra de Capital Humano, Sandra
Pettovello; y el ministro de Economía, Luis Caputo; aprobó concretamente la
reglamentación de dos
aspectos de la reforma laboral incluida en la Ley de Bases y Puntos de Partida
para la Libertad de los Argentinos N° 27.742.
·
Los
artículos 76 a 81 del TÍTULO IV – Promoción del
empleo registrado.
·
Los
artículos 82 a 98 del TÍTULO V – Modernización laboral.
A grandes rasgos, los principales puntos que se reglamentan son la creación del Sistema de Cese Laboral como régimen
alternativo al de indemnizaciones; la posibilidad de que un trabajador independiente pueda contratar hasta tres personas sin tener que convertirse en responsable
inscripto; y la ampliación del
período de prueba a 6 meses.
El decreto y sus correspondientes anexos, se pueden consultar aquí:
https://www.boletinoficial.gob.ar/detalleAviso/primera/314634/20240926
EL BLANQUEO DE CAPITALES
En tanto, en un comunicado, el Ministerio de Economía informó que “por pedido de numerosos bancos y estudios
contables y debido al gran interés generado por el Régimen de Regularización de
Activos, el Gobierno
Nacional dispondrá por Decreto, y a efecto de facilitar las tareas
administrativas de los actores involucrados, la prórroga para realizar la manifestación de la
adhesión al régimen de la Etapa 1, hasta el 31 de octubre de 2024 inclusive”.
Ese decreto aún no se publicó, pero se estima que estará oficializado como máximo este
viernes o el
lunes.
De esta manera, las nuevas fechas para las tres etapas serán las
siguientes:
·
Etapa 1: desde el 1° de octubre de 2024 y hasta el 31 de
octubre de 2024, ambas fechas inclusive.
·
Etapa 2: desde el 1° de noviembre de 2024 y hasta el 31 de
enero de 2025, ambas fechas inclusive.
·
Etapa 3: desde el 1° de febrero de 2025 y hasta el 30 de
abril de 2025, ambas fechas inclusive.
“A partir de este decreto, todas las personas que deseen, podrán depositar su dinero en un
banco hasta el 31 de octubre inclusive y podrán retirarlo a partir del 1° de
noviembre. Solamente
el efectivo regularizado hasta el 30 de septiembre, podrá ser retirado parcial
o totalmente a partir del 1°de octubre, tal como fuera estipulado
originalmente”, precisó Economía.
También recordó que, a partir del día en que se retira cualquier monto en efectivo, no se
podrán regularizar montos adicionales.
Un aspecto importante a recordar es que en el listado de bienes en los
que se puede invertir con el dinero “blanqueado”, hay varios que son de uso muy
común en el agro como maquinaria
agrícola, maquinaria vial, pick ups, celulares, bombas y compresores, bienes tecnológicos como estaciones,
antenas, routers, chips; computadoras, grupos electrógenos, instrumentos de
medición; entre otros.
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