SOCIEDAD Y CULTURA

Revista El Magazín de Merlo, Buenos Aires, Argentina.



lunes, 6 de diciembre de 2021

¿Qué derechos tienen los PRESOS en las CÁRCELES ARGENTINAS? –El saber nos hará libres-

 ¿PAGAN IMPUESTOS o SOLAMENTE CONSUMEN LOS IMPUESTOS DE LA COMUNIDAD? ¿QUIEN se BENEFICIA de lo PRODUCIDO en LAS CÁRCELES? ¿VIVEN MEJOR ADENTRO QUE AFUERA, POR ESO HAY TANTOS PRESOS QUE REINCIDEN AL OTRO DÍA de ESTAR LIBRES?

Fuente, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos: Las personas privadas de su libertad deben ser tratadas con el respeto propio de la dignidad humana. Sus derechos fundamentales son:



  • A la vida.
  • A la dignidad.
  • A la integridad personal, física, psíquica y moral.
  • A la igualdad de trato.
  • A peticionar ante las autoridades.
  • A la libertad de expresión, de conciencia y de religión.
  • A la defensa.
  • A no ser discriminadas.
  • A la salud.
  • Al trabajo.
  • A la educación y recreación.


¿Qué requisitos debe cumplir el interno para pasar a la fase de consolidación del período de tratamiento?
  • Tener conducta Buena cinco y concepto Bueno cinco.
  • No tener sanciones medias o graves en el último período calificado.
  • Trabajar con regularidad.
  • Cumplir las actividades educativas y las de capacitación y formación laboral indicadas en su programa de tratamiento.
  • Mantener el orden y la adecuada convivencia.
  • Demostrar hábitos de higiene en su persona, en su alojamiento y en los lugares de uso compartido.
  • Tener opinión favorable del Consejo Correccional y del director del establecimiento.


¿Quiénes pueden visitar a una persona que está en la cárcel?
  • Su cónyuge o la persona con la que viva.
  • Sus familiares.
  • Sus amistades.
  • Los profesionales que se encargan de su defensa.
  • Sus médicos particulares.

Otras personas privadas de libertad que sean de su familia y que estén en establecimientos ubicados a no más de 100 km de distancia.
Para visitar a una persona que está en la cárcel es necesario tener la tarjeta única de visita. Se pide en la unidad penitenciaria donde está alojada la persona privada de libertad.



¿Están permitidas las visitas íntimas?

Sí. La persona privada de su libertad tiene derecho a mantener contacto con su pareja en condiciones de privacidad e intimidad que permitan las relaciones sexuales. Todas las personas tienen derecho a acceder a las visitas íntimas, cualquiera sea su identidad de género o elección sexual.

¿Las visitas deben someterse a requisas personales?

Sí. Pero es importante saber que estas requisas deben ser hechas con equipos electrónicos (detector de metales, escaner personal, sistema de rayos X, etc.) El registro manual sólo está permitido cuando por razones médicas la persona no puede pasar por las máquinas. En estos casos, la revisación no debe ser invasiva, no debe exigir desnudo total ni la revisación de cavidades íntimas. El personal penitenciario que lo intente debe ser denunciado. La Procuración Penitenciaria de la Nación(blank:#https://www.ppn.gov.ar/) tiene un teléfono donde podés denunciar esas situaciones.

¿Las personas privadas de la libertad pueden salir del establecimiento penitenciario cuando muere un familiar u otra persona con derecho a visita?

Sí. También puede salir si esa persona está gravemente enferma o sufre un accidente grave. Este derecho sólo puede ser limitado cuando haya serios motivos para impedir que la persona salga del establecimiento. En algunos casos, también se puede ordenar que la persona vaya acompañada por 2 empleados del Servicio de Custodia del Servicio Penitenciario Federal.

Trabajo

¿Una persona privada de libertad, ¿puede trabajar y recibir sueldo?

Sí. Todos los internos tienen acceso a diferentes propuestas laborales en los talleres de cada unidad penitenciaria. El trabajo se rige por los siguientes principios:

  • No puede ser impuesto como un castigo.
  • No puede ser denigrante, infamante, ni forzado.
  • Debe buscar la capacitación de la persona para que pueda trabajar cuando salga en libertad.
  • Siempre debe ser pago.
¿Tiene ART el trabajo en la unidad penitenciaria?

Sí. El trabajo en la unidad penitenciaria respeta toda la legislación laboral y de seguridad social vigente.

Estudios

¿Se puede estudiar estando privado de libertad?

Sí. Una persona privada de libertad puede acceder a todos los niveles de educación, también al universitario. La educación es obligatoria para la personas analfabetas o que no alcanzaron el nivel escolar mínimo. El estudio permite pasar de fase en la progresividad del sistema penitenciario en menos tiempo.

 

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