Que dice la Ley
26.485 DE PROTECCIÓN INTEGRAL A LAS
MUJERES, Sancionada: Marzo 11 de 2009. Promulgada de Hecho: Abril 1 de 2009.
El
ARTICULO 2º reza lo siguiente:
—
Objeto. La presente ley tiene por objeto promover y garantizar:
a)
La eliminación de la discriminación entre mujeres y varones en todos los
órdenes de la vida;
b)
El derecho de las mujeres a vivir una vida sin violencia;
c)
Las condiciones aptas para sensibilizar y prevenir, sancionar y erradicar la
discriminación y la violencia contra las mujeres en cualquiera de sus
manifestaciones y ámbitos;
d)
El desarrollo de políticas públicas de carácter interinstitucional sobre
violencia contra las mujeres; 1947)
e)
La remoción de patrones socioculturales que promueven y sostienen la
desigualdad de género y las relaciones
de poder sobre las mujeres;
f)
El acceso a la justicia de las mujeres que padecen violencia;
g)
La asistencia integral a las mujeres que padecen violencia en las áreas
estatales y privadas que realicen actividades programáticas destinadas a las
mujeres y/o en los servicios especializados de violencia.
Esta dependencia volverá a funcionar en el
espacio compartido por la Casa
de la Mujer y
cumplirá funciones de manera articulada con el equipo del Centro de Orientación
y Atención Familiar (COAF), el Servicio local de Promoción y Protección de los
Derechos del Niño y la
Comisaría de la
Mujer y la
Familia.
El hospedaje vuelve a abrir sus puertas, tras
haber permanecido cerrado para ser puesto en óptimas condiciones, y constituye
un servicio que la
Secretaría de Acción Social vuelve a poner a disposición de
las mujeres y sus niñas/os que sufren o han sufrido alguna situación de
violencia y que no cuentan con un alojamiento seguro ni redes sociales de
contención y se encuentran en una situación de alta vulnerabilidad social.
Recientemente se completaron trabajos de
refacciones generales y mantenimiento edilicio, se realizaron trabajos de
pintura y el equipamiento con nuevo mobiliario de esta residencia que podrá
alojar a las víctimas de situaciones de violencia por un lapso de 72 horas.
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