SOCIEDAD Y CULTURA

Revista El Magazín de Merlo, Buenos Aires, Argentina.



lunes, 20 de abril de 2020

EN ARGENTINA robar para comer, ¿es delito? ¿qué dice la Ley? -El saber nos hará libres-


Las personas aprehendidas en causas de flagrancia pasan entre uno y dos días privadas de libertad. En ese plazo, los juzgados tienen que poner en marcha los juicios orales, que duran una o dos audiencias. En general, quienes no tienen antecedentes penales recuperan la libertad rápido. Si reinciden, estos antecedentes se vuelven un agravante y quedan detenidos.


En algunos casos, las causas terminan en sobreseimiento por insignificancia o permiten la posibilidad de la probation, como se conoce la suspensión del juicio a prueba que permite a una persona imputada evitar el juicio penal si cumple las reglas de conducta que ordenó el juez (sólo se puede aplicar a delitos cuya pena no supere los tres años de prisión y siempre que haya consentimiento del fiscal).
 La mayoría de los casos tiene como protagonistas a los supermercados barriales y las grandes cadenas. Las cadenas de supermercados recuperan los objetos robados. Sin embargo, algunos de sus representantes legales insisten con la cárcel para quienes les roban en una escala muy menor, y no aceptan la posibilidad de la probación.
La legislación que habilitó los procedimientos de flagrancia aprobada por el Congreso el 7 de setiembre de 2016 fue promocionada por el Ministerio de Seguridad, a cargo de Patricia Bullrich, como una estrategia para pelear contra el crimen organizado. Sin embargo, el informe de la fiscalía demuestra que las fuerzas de seguridad no están detrás del crimen organizado, ni de las mafias, ni de los delitos complejos, sino de los nuevos pobres producidos por la crisis económica y social.

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