El Código Alimentario Argentino (CAA) se actualiza con la incorporación de dos nuevos productos: el aceite de palta (o aguacate) y cinco variedades de alpiste (Phalaris
canariensis) aptas para consumo humano. Las medidas fueron oficializadas este viernes
mediante las Resoluciones Conjuntas 31/2025 y 32/2025, publicadas en el Boletín
Oficial, por la Secretaría de Gestión Sanitaria y la Secretaría
de Agricultura, Ganadería y Pesca.
En el caso del aceite de palta,
la empresa GESON S.A. impulsó su inclusión con el respaldo de antecedentes
normativos internacionales, como su uso regulado en México y Perú,
y los criterios del Codex Alimentarius, que actualmente tramita una enmienda
global para su incorporación como aceite vegetal autorizado.
La normativa establece que el aceite debe provenir del
mesocarpio del fruto de Persea americana o del procesamiento del fruto entero por
medios exclusivamente mecánicos. No se permite el uso de aditivos y se fijan
rangos específicos de calidad, como un predominio de ácido oleico del 42% al
75%, un índice de peróxidos menor a 10 meq O/kg y parámetros físico-químicos
estandarizados. El producto se destaca por sus propiedades nutricionales y
representa una oportunidad de diversificación para el sector agroalimentario
argentino.
Por otro lado, el
alpiste para consumo humano fue incorporado a través del nuevo
artículo 660 bis del CAA. La propuesta fue presentada por la Mg. Marta Sofía
Gozzi e incluye cinco variedades desarrolladas en Canadá: cuatro
marrones (CDC Maria, CDC Togo, CDC Bastia y CDC Calvi) y una amarilla (CDC
Cibo), libres de fibras de sílica, también conocidas como tricomas o
"pelos", que pueden causar irritaciones si se consumen.
Estas variedades ya están aprobadas por el Ministerio de Salud
de Canadá y han sido clasificadas como "Generalmente reconocidas
como seguras" (GRAS) por la Administración de Alimentos y Medicamentos de
los Estados Unidos (FDA). La norma también toma como referencia
legislaciones de España y Brasil.
El alpiste incorporado deberá
estar debidamente identificado con la variedad correspondiente y llevar la
leyenda "Apto para consumo humano". Desde el punto
de vista nutricional, el grano presenta un contenido proteico un 5%
superior al del trigo y no contiene gluten, lo que lo posiciona como
un ingrediente prometedor para alimentos funcionales y dietas especiales.
Ambas resoluciones contaron con la intervención del Consejo
Asesor de la Comisión Nacional de Alimentos (CONAL) y fueron sometidas a
consulta pública. Estas incorporaciones reflejan un avance hacia una mayor
diversificación de productos en el mercado interno, con enfoque en la calidad,
la seguridad alimentaria y la alineación con estándares internacionales.
No hay comentarios:
Publicar un comentario