Dia Mundial del Animal:
Queremos homenajear en su día a todos los animales del
mundo con una poesía y la “Declaración
Universal de los Derechos de los Animales”
Quizás reflexionen aquellos que solo
los asesinan por placer.
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En la imagen, Celeste, Lola y Alfonsina, familiares de Lennon,
desaparecido por tenorio. |
Ruleta de la vida
Dedicado a Lennon, mi gato
El zorzal de rojo pecho
jugaba a la rayuela
sobre el escarlata patio,
desde sus profundos ojos cielo
sellaba su suerte, Lennon…, mi gato.
Se agazapa el azulado siamés
buscando objetos de su color,
se oculta tras los cantaros
creyéndose camaleón.
Dos esferas color océano agitado
garras como
dagas
y unas fauces impiadosas,
aguardan casi petrificadas
al tenor de la
madrugada.
La muerte ronda al saltarín
lo observo a la distancia
sin poderlo prevenir,
la vida y la muerte juegan
a la ruleta sin fin.
El zorzal luce un pecho carmesí
digno de plasmar,
mira a su matador, sin quererlo mirar
en un instante sin medida
transcurre la escena fatal,
contengo la respiración
hasta ver el ave volar.
Con terror en los ojos
y en el corazón casi un infarto,
con algunas plumas menos
al saltarín, lo salvo su santo,
Lennon, mi gato…,
desilusionado y murmurando
saborea una plumita
que en la garra le ha quedado.
Autor: Miguel Ángel Figueiras G.
Poeta y escritor de MERLO, Buenos Aires.
Declaración Universal de los
Derechos de los Animales
Considerando
que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos
derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra
la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:
Artículo No. 1: Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los
mismos derechos a la existencia.
Artículo No. 2: a) Todo animal tiene derecho al respeto. b) El hombre, como
especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros
animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner
sus conocimientos al servicio de los animales. c) Todos los animales tienen
derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.
Artículo No. 3: a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos
crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora
y no generadora de angustia.
Artículo No. 4: a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene
derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o
acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es
contraria a este derecho.
Artículo No. 5: a) Todo animal perteneciente a una especie que viva
tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al
ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su
especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por
el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.
Artículo No. 6: a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero
tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad
natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.
Artículo No. 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación
razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y
al reposo.
Artículo No. 8: a) La experimentación animal que implique un sufrimiento
físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se
trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de
experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.
Artículo No. 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser
nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte
para él motivo de ansiedad o dolor.
Artículo No. 10: a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del
hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales
son incompatibles con la dignidad del animal.
Artículo No. 11: Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad
es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.
Artículo No. 12: a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de
animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al
genocidio.
Artículo No. 13: a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser
prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar
muestra de los atentados contra los derechos del animal.
Artículo No. 14: a) Los organismos de protección y salvaguarda de los
animales deben ser representados a nivel gubernamental.b) Los derechos del
animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.
Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional
de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente.
Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las
Naciones Unidas para la
Educación, la
Ciencia y la
Cultura (UNESCO).