SOCIEDAD Y CULTURA

Revista El Magazín de Merlo, Buenos Aires, Argentina.



lunes, 29 de abril de 2013


Dia Mundial del Animal:
Queremos homenajear en su día a todos los animales del mundo con una poesía  y la “Declaración Universal de los Derechos de los Animales”
Quizás reflexionen aquellos que solo los asesinan por placer.

 


En la imagen, Celeste, Lola y Alfonsina, familiares de Lennon,
desaparecido por tenorio.


Ruleta de la vida
Dedicado a Lennon, mi gato
 
El zorzal de rojo pecho
jugaba a la rayuela
sobre el escarlata patio,
desde sus profundos ojos cielo
sellaba su suerte, Lennon…, mi gato.
 
Se agazapa el azulado siamés
buscando objetos de su color,
se oculta tras los cantaros
creyéndose camaleón.
 
Dos esferas color océano agitado
 garras como dagas
y unas fauces impiadosas,
aguardan casi petrificadas
 al tenor de la madrugada.
 
La muerte ronda al saltarín
lo observo a la distancia
sin poderlo prevenir,
la vida y la muerte juegan
a la ruleta sin fin.
 
El zorzal luce un pecho carmesí
digno de plasmar,
mira a su matador, sin quererlo mirar
en un instante sin medida
transcurre la escena fatal,
contengo la respiración
hasta ver el ave volar.
 
Con terror en los ojos
y en el corazón casi un infarto,
con algunas plumas menos
al saltarín, lo salvo su santo,
Lennon, mi gato…,
desilusionado y murmurando
saborea una plumita
que en la garra le ha quedado.
 
Autor: Miguel Ángel Figueiras G.
Poeta y escritor de MERLO, Buenos Aires.

Declaración Universal de los
Derechos de los Animales

Considerando que todo animal posee derechos y que el desconocimiento y desprecio de dichos derechos han conducido y siguen conduciendo al hombre a cometer crímenes contra la naturaleza y los animales, se proclama lo siguiente:

Artículo No. 1: Todos los animales nacen iguales ante la vida y tienen los mismos derechos a la existencia.

Artículo No. 2: a) Todo animal tiene derecho al respeto. b) El hombre, como especie animal, no puede atribuirse el derecho de exterminar a los otros animales o de explotarlos, violando ese derecho. Tiene la obligación de poner sus conocimientos al servicio de los animales. c) Todos los animales tienen derecho a la atención, a los cuidados y a la protección del hombre.

Artículo No. 3: a) Ningún animal será sometido a malos tratos ni a actos crueles.
b) Si es necesaria la muerte de un animal, ésta debe ser instantánea, indolora y no generadora de angustia.

Artículo No. 4: a) Todo animal perteneciente a una especie salvaje tiene derecho a vivir libre en su propio ambiente natural, terrestre, aéreo o acuático y a reproducirse.
b) Toda privación de libertad, incluso aquella que tenga fines educativos, es contraria a este derecho
.

Artículo No. 5: a) Todo animal perteneciente a una especie que viva tradicionalmente en el entorno del hombre tiene derecho a vivir y crecer al ritmo y en las condiciones de vida y de libertad que sean propias de su especie.
b) Toda modificación de dicho ritmo o dichas condiciones que fuera impuesta por el hombre con fines mercantiles es contraria a dicho derecho.

Artículo No. 6: a) Todo animal que el hombre haya escogido como compañero tiene derecho a que la duración de su vida sea conforme a su longevidad natural.
b) El abandono de un animal es un acto cruel y degradante.

Artículo No. 7: Todo animal de trabajo tiene derecho a una limitación razonable del tiempo e intensidad del trabajo, a una alimentación reparadora y al reposo.

Artículo No. 8: a) La experimentación animal que implique un sufrimiento físico o psicológico es incompatible con los derechos del animal, tanto si se trata de experimentos médicos, científicos, comerciales, como de otra forma de experimentación.
b) Las técnicas alternativas deben ser utilizadas y desarrolladas.

Artículo No. 9: Cuando un animal es criado para la alimentación debe ser nutrido, instalado y transportado, así como sacrificado, sin que ello resulte para él motivo de ansiedad o dolor.

Artículo No. 10: a) Ningún animal debe ser explotado para esparcimiento del hombre.
b) Las exhibiciones de animales y los espectáculos que se sirvan de animales son incompatibles con la dignidad del animal.

Artículo No. 11: Todo acto que implique la muerte de un animal sin necesidad es un biocidio, es decir, un crimen contra la vida.

Artículo No. 12: a) Todo acto que implique la muerte de un gran número de animales salvajes es un genocidio, es decir, un crimen contra la especie.
b) La contaminación y la destrucción del ambiente natural conducen al genocidio.

Artículo No. 13: a) Un animal muerto debe ser tratado con respeto.
b) Las escenas de violencia, en las cuales los animales son víctimas, deben ser prohibidas en el cine y en la televisión, salvo si ellas tienen como fin dar muestra de los atentados contra los derechos del animal.

Artículo No. 14: a) Los organismos de protección y salvaguarda de los animales deben ser representados a nivel gubernamental.b) Los derechos del animal deben ser defendidos por la ley, como lo son los derechos del hombre.

Esta declaración fue adoptada por La Liga Internacional de los Derechos del Animal en 1977, que la proclamó al año siguiente. Posteriormente, fue aprobada por la Organización de Naciones Unidas (ONU) y por la Organización de las Naciones Unidas para la Educación, la Ciencia y la Cultura (UNESCO).

 

 

 

 

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