En su columna el Dr. R. Othacehé dejo explicitado: En diversas publicaciones he expuesto mi posición
contraria a la creación de las llamadas Policías Locales o Policías
Municipales. He dado mis razones ampliamente fundadas y he
realizado diversas propuestas que superan esa limitada creación.
En la Legislatura de la Provincia de Buenos
Aires, la Cámara
de Diputados, ha aprobado recientemente un largo, detallado y contradictivo
Proyecto de Ley, instaurando justamente las Policías Municipales, por supuesto,
con muchísima dificultad, grandes discusiones y una fuerte oposición de
variados sectores.
La norma aprobada puede ser
calificada directamente de “dislate Jurídico” y parecería haber sido impulsada
con una enorme desprolijidad y múltiples correcciones por diversas fuerzas
políticas, movidas más por necesidades propias que por la clara voluntad de
resolver el gigantesco problema de inseguridad que sufre la población de la Provincia de Buenos
Aires.
Más allá de la cuestión
principal de su conveniencia o no, el proyecto adolece de una falla esencial:
la norma dice crear una Policía y en realidad no lo hace. Lo que esos artículos
originan, puede ser calificado de diversas maneras, pero esa nueva institución
no puede ser tenida como una verdadera policía en el sentido esencial, propio y
funcional del término. Y digo que no es una policía por muchas razones que
brevemente paso a enumerar:
§
No puede
investigar. (Art. 14 B).
§
No puede
identificar a personas.
§
No le está
permitido detener para averiguar identidades o antecedentes, ni siquiera por
lapsos muy cortos.
§
No puede
garantizar el mantenimiento del orden público. (Art. 14 C).
§
No puede hacer
operativos de tránsito. (Art. 13
F).
§
No puede actuar
como defensa civil, inclusive en el caso de desgracias masivas, cuando el hecho
se produce. (Art. 13 G).
§
No puede
custodiar edificios públicos, muchos de los cuales como los Municipios
contienen valores que son los pagos por impuestos y tasas de los contribuyentes
que se realizan diariamente. (Art. 13 E).
§
No tienen
garantizada su financiación.
§
No la entrenan
especialistas en las funciones y tareas policiales. (Art. 67 al 70).
§
No pueden sus
miembros portar armas fuera del horario de servicio.
Queda muy claro que esta
institución puede ser tenida como una organización para recorrer los barrios
pero no como una policía para garantizar la vigencia de la ley, que es
justamente lo que se necesita en los grandes distritos del Gran Buenos Aires.
Lo que no queda claro es cuál
es realmente el objetivo. Si se trata de oportunismo político o de sacarse de
encima la complicación policial por parte del Gobierno de la Provincia. O de
generar más caos por algunos pequeños grupos que lo que quieren es que todo
vaya peor. O de ingenuidad, simpleza, ignorancia, o desconocimiento de la
propia realidad.
Si hay un pecado grave en la
tarea de legislar es justamente tergiversar los fines de las normas y si hay un
error profundo en esa función legislativa es copiar soluciones adecuadas a
otras realidades y pretenderlas aplicar a las propias, sin una profunda y muy
sensata adecuación.
Veremos que pasa, si
continúan los errores y las improvisaciones o si, por fin, prevalece la razón,
la prudencia y la realidad en la
Legislatura de la Provincia de Buenos Aires.
Dr. Raúl A. Othacehé
Intendente