La Justicia dio lugar a una cautelar y ordenó suspender el tarifazo de luz y exigir
audiencias públicas. Dentro de los beneficiados por el fallo
judicial, se encuentran los usuarios de uso residencial como casas o
departamentos y profesionales. Compartimos el comunicado de la Dirección de Defensa de
Usuarios y Consumidores.
La Dirección de Defensa de Usuarios y Consumidores informa que en
relación a la problemática tarifaria del Servicio Eléctrico de Luz, el Juzgado
Federal de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Contencioso
Administrativo Nro 1, Secretaría Nro 3, con fecha 6 de Octubre de 2016 ha resuelto: hacer
lugar a la Acción
de Amparo, declarando "la inaplicabilidad del cuadro tarifario fijado por
Resoluciones Nro 6/2016 y 7/2016 Ministerio de Energía y Minería de la Nación, y la Resolución 1/2016 ENRE,
a los usuarios CATEGORIA T1 (o PEQUEÑA DEMANDA)".
Asimismo se ordenó al ENRE
a que instruya a la empresa EDENOR S.A. y EDESUR S.A. para que permitan a esos
usuarios que se consideren afectados por los aumentos de dichas resoluciones
cuestionadas, y a sola petición de los mismos, abonar con efecto cancelatorio
los montos adeudados y aquellos que se devenguen en el futuro, de acuerdo con
el régimen tarifario anterior al dictado de las normas objetadas, teniendo como
pagos a cuentas aquellos ya realizados en el cuadro tarifario cuestionado, y
que SE ABSTENGA DE SUSPENDER, INTERRUMPIR O CORTAR EL SERVICIO, CON El LÍMITE
TEMPORAL"
Ante cualquier consulta
concurrir a la Dirección
de Defensa del Consumidor con las últimas 3 facturas para analizar la
posibilidad de acceso a esta cobertura legal, de 8 a 14hs de lunes a viernes en
Salta 402 Merlo Centro.
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