El Defensor Adjunto de la
Provincia de Buenos Aires, solicitó que se cumpla con la ley 15061, promulgada
el mes pasado, que prohíbe a directivos de establecimientos educativos privados
retener boletines y pases de alumnos cuyos padres registren mora de cuotas.
Esta normativa también impide hacer pública la existencia de deudas como forma
de coerción para que madres, padres y/o tutores se pongan al día con el pago de
los aranceles.
Las tasas de abandono en colegios podrían estar
relacionadas, en parte, con dificultades de las familias para poder afrontar el
pago de cuotas. Asimismo, viene aumentando la tasa de repitencia tanto en las
escuelas públicas como en las de gestión privada.
Pese a que está contemplado en sus fundamentos, el
articulado de la ley 15061 no avanza en la creación de mecanismos que permitan
garantizar el derecho a la educación de aquellos alumnos que concurren a
colegios que, de forma intempestiva, dejan de funcionar. “El marco legal
vigente es claro respecto a que los colegios privados, para cobrar deudas, sólo
pueden utilizar las acciones correspondientes del Derecho Civil. Pero existe un
bache entre lo expresado en la fundamentación y lo establecido en el articulado
sobre un tema muy importante que es establecer cómo se resuelve el problema
desde la perspectiva de la continuidad educativa”, explicó Martello, quien está
cargo del Observatorio de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes de la
Defensoría del Pueblo.
Cabe destacar que en los fundamentos de la norma se
menciona: “Finalmente se brinda una solución definitiva desde el Estado
Provincial, dado que se obliga a la Dirección General de Cultura y Educación a
brindar al alumno una vacante para el próximo año escolar en una escuela
perteneciente al sistema público de gestión estatal”.
“Esta idea de ´solución definitiva´ que esta
expresada en la fundamentación del proyecto, no se ve reflejada en su
articulado, no quedando claro que pasa con la continuidad educativa del alumno
y como el Estado le asegura una vacante en el sistema de gestión pública. Mas
allá de eso, queremos destacar la importancia de esta Ley. La Legislatura
provincial proveyó una respuesta legal concreta a situaciones de hecho que se
venían dando en la Provincia en perjuicio del derecho a la educación de los
niños”, destacó Martello.
En ese sentido, el Defensor del Pueblo Adjunto
consideró que “ahora los padres tienen un instrumento legal para impedir que
los boletines y los pases de sus hijos queden retenidos como garantía de pago
de las deudas en mora, situación que dificulta la continuidad educativa del
niño y su pase al sistema educativo de gestión pública. Se legisló sobre un
tema que, por ejemplo, en el caso de la Ciudad de Buenos Aires, ya se había
regulado la cuestión en el año 2000” .
Martello destacó que “nos estamos encontrando con
colegios privados, como ocurrió recientemente con el jardín Pasito a Paso y la
Escuela Primaria Paso del Libertador de La Plata, cuyos dueños decidieron cerrar
sus puertas por la crisis, generando una enorme incertidumbre a cientos de
familias que no saben cómo hacer para que sus hijos consigan una vacante para
el año que viene. A ello se le agrega la delicada situación de docentes y
auxiliares que pierden su fuente laboral. La ley 15.061, tal como está
redactada, no constituye una solución efectiva para atender este tipo de
situaciones. Resulta necesario que la que se contemple esta situación y que se
les garantice a todos los alumnos de las escuelas de gestión privada el derecho
a la educación, sin importar su condición ni situación económica”.
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