La ley porteña dispone una
serie de requisitos para la tenencia de determinadas razas. Qué penas fija la
norma para quienes las incumplan.
Ante la conmoción por la muerte de una adolescente en Córdoba tras el
ataque de dos perros de raza dogo, surgen las dudas respecto de las
regulaciones nacionales y la falta de control. Si bien en Argentina no existe una ley nacional que
regule la tenencia de estos perros, algunas jurisdicciones poseen
normativas que establecen ciertas obligaciones a los propietarios, y prevén
sanciones en caso de incumplimiento.
·
Ataque mortal de dogos en Córdoba: el dueño de los
perros le pidió disculpas a la familia de la víctima
En la Ciudad de Buenos Aires existen 17 razas de perros
declarados potencialmente peligrosos según la ley. La Agencia de
Protección Ambiental de la Ciudad de Buenos Aires estableció en 2021, la
reglamentación que obliga a los propietarios de estas 17 razas a inscribirlos en un
registro, para regular la tenencia de aquellos caninos considerados
peligrosos a fin de preservar la vida y la integridad física de las personas, y
otros animales.
Según la Ley Nº 4078, las 17 razas de perros
peligrosos son:
·
Pitbull terrier
·
Staffordshire bull terrier
·
American staffordshire terrier
·
Dogo argentino
·
Fila brasileño
·
Tosa inu
·
Akita inu
·
Doberman
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Rottweiller
·
Bullmastiff
·
Dogo de burdeos
- Bull
terrier
- Gran
perro japonés
- Mastín
napolitano
- Presa
canario
- Ovejero
alemán
- Cane
corso
También se consideran perros potencialmente peligrosos
a los nacidos de cruces entre las razas incluidas en la lista o con otras razas
que den como resultado animales de más de 20 kilos de peso, perímetro
torácico entre 60 y 80 centímetros, cabeza voluminosa y cuello corto, fuerte
musculatura, mandíbula grande y boca profunda y resistencia y carácter marcado.
Cuáles son los
requisitos para la tenencia de perros de razas peligrosas
Es obligatorio que los perros estén identificados con una chapa, en la que tiene
que estar el nombre del dueño y el número de inscripción del animal en el
registro oficial.
En la calle tendrán que tener bozal y ser llevados con una correa corta, de un
máximo de dos metros.
Además, deben contar con la vacuna antirrábica al día.
Por su parte, los propietarios deberán contar con un seguro de responsabilidad
civil que cubra los gastos de los daños o lesiones que puedan causar
sus perros.
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