Harina:
Se prohibió la comercialización en el país de
los productos rotulados como “harina de trigo tipo 000 marca Guapa, Alimentos
Paberfra SA, parcela 33 de la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N°
02-0333.789, RNPA N° 02-50002”
y “harina de trigo tipo 000 marca Bonita, Alimentos Paberfra SA, parcela 33 de
la fracción I, Parque Industrial Pergamino, RNE, N° 02-0333.789, RNPA N° 02-50002” .
Se consideró que infringen una serie de
normativas "por carecer de registros de establecimiento y de producto, por
tener productos alimenticios fuera de establecimientos habilitados y por estar
falsamente rotulados al consignar el registro de establecimiento de otra razón
social, resultando ser productos ilegales".
Alcohol en gel:
Por su parte, se prohibió el uso
y comercialización en la Argentina de todos los lotes, en todas
sus presentaciones y contenidos netos de "Progel alcohol en gel- Chemical
GMD- Industria Argentina-uso profesional: producto neutro especialmente
formulado para ser utilizado en la desinfección de manos. Chemical San SRL
Oficinas: Thames 2895- Boulogne-Buenos Aires- Tel (011) 4700-1166/ 4708-9559/ 4708-0975.
RNE: 020034550” .
Para Anmat "se trata de un producto
ilegítimo donde declara en su rótulo datos no veraces, donde se desconoce su
origen y efectiva composición, y, por ello, no puede garantizarse su calidad,
seguridad y eficacia".
Salame:
Finalmente, el organismo nacional prohibió la
venta en el territorio nacional del “Salame picado grueso, marca La Técnica,
elaborado por Claudio Pérez, RNE Nº21-024237, RNPA Nº 21-0656526” , como así también
todo producto en cuyo rótulo se indique el RNE N° 21-024237 y RNPA N°
21-0656526. El producto habría violado una serie
de normativas "por carecer de autorización de establecimiento, de producto
y por estar falsamente rotulado al declarar números de registro inexistentes,
resultando ser, en consecuencia, ilegal".
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