El Artículo 1° Ley de Violencia Familiar: A los efectos de la
aplicación de la presente Ley se entenderá por violencia familiar, toda acción,
omisión, abuso, que afecte la integridad física, psíquica, moral, sexual y/o la
libertad de una persona en el ámbito del grupo familiar, aunque no configure
delito.
ARTICULO 2º Ley de Trata de Personas: — Trata de mayores o menores de
DIECIOCHO (18) años. Se entiende por trata de mayores la captación, el
transporte y/o traslado —ya sea dentro del país, desde o hacia el exterior.
*Es digno destacar que en el Distrito de Merlo,
jardines, escuelas primarias, secundarias y personalidades son
“Instituciones Embajadoras de Paz” desde hace años. Distinción/Compromiso
otorgado por Mil Milenios de Paz y Fundación PEA en el Senado de la Nación , bajo la ley Nacional
26.819.
También en Merlo nació el único libro/poemario “20 Poesías por la Paz ” que contienen solo poemas
y reflexiones sobre la paz, reconocido nivel internacional. La obra fue
presentada en la Feria Internacional
del Libro 2016, representando al Distrito de Merlo.
TEMAS TRATADOS en MERLO: En el Rotary Club de San Antonio de Padua se llevó a
cabo una nueva charla sobre violencia familiar y
trata de personas con
la presencia de importantes funcionarios judiciales de Morón y el presidente
del Honorable Concejo Deliberante Pablo Rendich.
El abordaje de estas temáticas son una importante política de gestión
del Gobierno del Pueblo de
Merlo desde el inicio de la administración. “Consideramos muy
importante la propuesta que nos hicieron desde el Departamento Judicial de
Morón, que es el primer mostrador de la recepción de estos casos” expresó Rendich.
En tanto que agregó: “El
objetivo es capacitar lideres por la paz”.
Participaron del encuentro la Dra. María Fernández, auxiliar letrada de la Asesoría del Departamento
Judicial de Morón, el Dr. Roberto Zacoro, Asesor de Incapaces del mismo
departamento y el Agente Fiscal Dr. Hernán Alarcón.
No hay comentarios:
Publicar un comentario